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Noticia - Compliance Gral. - España

LA OFICINA ANTRIFRAUDE DE CATALUÑA HA EMITIDO UNA RESOLUCIÓN PARA PROTEGER A UNA DENUNCIANTE QUE HABÍA SUFRIDO REPRESALIAS.

La Oficina Antifraude de Cataluña ha emitido una resolución para proteger a una interina que había denunciado corrupción en su trabajo, y lo ha hecho apoyándose en la Directiva Whistleblower 2019/1937 de la Unión Europea, así como en la Ley 2/2023 de 20 de febrero reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. 

Concretamente, la interina denunció al Ayuntamiento de Barcelona por irregularidades en el nombramiento de funcionarios interinos por supuestos motivos de urgencia y excepcionalidad sin haber sido acreditadas estas circunstancias, y, por otras cuestiones relacionadas con la contratación de personal. 

La denunciante, después de denunciar, comenzó a sufrir acoso laboral y se tomaron represalias contra ella (fue perjudicada en una convocatoria de un proceso de estabilización de plazas). 

La Oficina Antifraude de Cataluña constató a través de fuentes abiertas las diferencias en la puntuación otorgada en el proceso de estabilización, que son alegadas por la denunciante como perjuicio y consecuencia directa de las acciones de represalia, y emitió resolución otorgando a la interina, entre otros derechos, derecho a justicia gratuita, a recibir atención psicológica, a no ser despedida y a no estar con compañeros con los que haya tenido una mala relación. 

MÁS INFORMACIÓN:  https://confilegal.com/20230525-la-oficina-antifraude-de-cataluna-emite-la-primera-resolucion-en-espana-para-proteger-a-una-interina-que-denuncio-corrupcion-en-su-trabajo/

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Desvinculación del Barça en el caso Barçagate

La jueza instructora del caso “#Barçagate” ha decidido no imputar al #FC Barcelona, pero sí al expresidente Josep María Bartomeu y a otros tres ex directivos de la cúpula del Club.

 

El delito por el que el Club estaba siendo investigado era el delito de #corrupción en los negocios, recogido en los artículos 286 y siguientes del #código penal.

 

Tras el levantamiento del secreto de sumario, la jueza instructora de la causa ha establecido que el Club no se puede considerar como posible implicado, sino como un perjudicado.

 

Más información:

https://www.larazon.es/cataluna/20210302/cqicmncusvb7dmpywnekykonqa.html